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Normativa técnica y modelos de lenguaje: por qué la cita exacta no es negociable

· Iñaki Martínez de Zuazo

Un modelo de lenguaje puede inventar un artículo del CTE con total aplomo. En normativa técnica la cita exacta, la versión vigente y el aviso legal no son detalles: son la única forma de que el arquitecto pueda verificar y responder.

Cualquier arquitecto que haya preguntado a un asistente de IA generalista por la normativa de edificación lo ha visto: una respuesta bien redactada, segura, con un número de artículo que no existe o que existió en una versión anterior. Es lo que se conoce como alucinación, y en normativa técnica tiene consecuencias muy concretas: una memoria que justifica mal, un requerimiento en el visado o, en el peor caso, una patología con responsable identificado.

Mi posición es tajante: una respuesta normativa sin cita exacta no sirve para trabajar. No es una cuestión de estilo, sino de responsabilidad profesional.

Por qué la normativa técnica es especialmente difícil

Un corpus extenso, vivo y fragmentado

El Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, se compone de una parte general y de documentos básicos (DB-SE, DB-SI, DB-SUA, DB-HS, DB-HR, DB-HE) que se han modificado en varias ocasiones, entre ellas por el Real Decreto 732/2019 y el Real Decreto 450/2022. El RITE, aprobado por el Real Decreto 1027/2007, ha tenido también modificaciones relevantes, como la del Real Decreto 178/2021.

A eso se suman los documentos de apoyo, las normas UNE referenciadas y, sobre todo, la normativa autonómica y municipal: habitabilidad, accesibilidad, ordenanzas de edificación. Una misma pregunta sobre la anchura mínima de un pasillo puede tener respuestas distintas en Cataluña, Madrid o el País Vasco.

El problema de las versiones

Un modelo entrenado con textos de internet ha leído versiones derogadas, borradores, apuntes de academias y foros. No distingue de forma fiable cuál es la versión vigente ni qué régimen transitorio se aplica a un proyecto con licencia solicitada antes de una modificación. Por eso importa saber qué versión se ha consultado y en qué fecha.

Conviene recordar además que los textos consolidados del BOE, siendo la mejor herramienta de trabajo diaria, tienen carácter informativo: el texto con valor jurídico es el publicado en el diario oficial.

El artículo alucinado

Un modelo de lenguaje genera texto plausible. "Según el artículo 4.2.3 del DB-SI 3" suena plausible aunque el apartado no diga eso. La única defensa práctica es que cada afirmación vaya acompañada de su fuente exacta y comprobable: documento, sección, apartado y versión, para que el técnico pueda abrirla y leerla.

Qué exigir a una herramienta de IA normativa

Si una herramienta no le dice de qué artículo sale su respuesta, no le está ayudando: le está pidiendo que confíe.

Cinco requisitos mínimos:

  1. Recuperación sobre fuentes oficiales. Las respuestas deben construirse a partir de los textos normativos indexados (lo que técnicamente se llama RAG, generación aumentada por recuperación), no de la memoria del modelo.
  2. Cita exacta y enlazada. Documento, artículo o apartado, y la posibilidad de consultar el texto original.
  3. Versión y fecha. Qué versión del texto se ha usado y cuándo se actualizó el corpus.
  4. Ámbito territorial. Indicar cuándo la respuesta depende de normativa autonómica o municipal y cuál se ha consultado.
  5. Aviso legal explícito. Recordar que la respuesta es una ayuda a la consulta y que la verificación y la decisión corresponden al profesional.

En Bozeto diseñamos el chat normativo sobre estos principios: cada respuesta cita el artículo exacto e incluye un aviso legal. No porque lo pida un reglamento, sino porque es la única forma de que un arquitecto pueda usarla con su firma.

El profesional sigue siendo responsable

La Ley de Ordenación de la Edificación atribuye al proyectista la obligación de redactar el proyecto con sujeción a la normativa vigente, y al director de obra la de dirigirla conforme al proyecto. Ninguna herramienta traslada esa responsabilidad. El aviso legal no es una fórmula para proteger al proveedor: es un recordatorio de un hecho jurídico.

El marco europeo, a partir de agosto de 2026

El Reglamento europeo de IA (Reglamento (UE) 2024/1689) es de aplicación general desde el 2 de agosto de 2026, incluidas las obligaciones de transparencia de su artículo 50. El Ómnibus Digital sobre IA, finalmente aprobado como Reglamento (UE) 2026/1744 y publicado en el Diario Oficial el 24 de julio, ha aplazado las obligaciones de los sistemas de alto riesgo hasta el 2 de diciembre de 2027 o el 2 de agosto de 2028, según el caso, y ha concedido hasta el 2 de diciembre de 2026 para el marcado de contenidos generados por sistemas ya comercializados.

En España, el proyecto de ley orgánica para el buen uso y la gobernanza de la inteligencia artificial se encuentra en tramitación parlamentaria al cierre de este artículo.

Para el uso de IA en consulta normativa, el mensaje de fondo coincide con lo que la profesión ya sabe: transparencia sobre qué es la herramienta, trazabilidad de las fuentes y supervisión humana.

Recomendaciones para el estudio

  • No use respuestas normativas sin cita en ningún documento que vaya a firmar.
  • Compruebe siempre el artículo citado en la fuente oficial antes de incorporarlo a una memoria.
  • Registre en el expediente qué versión de la norma se aplicó y por qué, sobre todo en proyectos afectados por cambios normativos durante su tramitación.
  • Pregunte expresamente por la normativa autonómica y municipal; no asuma que una respuesta estatal la cubre.
  • Forme al equipo para leer críticamente una respuesta de IA: la seguridad del tono no es indicio de exactitud.

La IA puede reducir horas de búsqueda en el CTE y el RITE. Pero solo es útil si cada respuesta se puede verificar en dos clics. Lo demás es literatura.